Artículo 1º
Todos los animales
nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
Artículo 2º
a) Todo animal
tiene derecho al respeto.
b) El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el
derecho de exterminar a otros animales o de explotarlos violando ese
derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio
de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados
y a la protección del hombre.
Artículo 3º
a) Ningún animal
será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea,
indolora y no generadora de angustia.
Artículo 4º
a) Todo animal
perteneciente a una especie salvaje, tiene derecho a vivir libre en
su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos,
es contraria a este derecho.
Artículo 5º
a) Todo animal
perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno
del hombre, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones
de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera
impuesta por el hombre con fines mercantiles, es contraria a dicho
derecho.
Artículo 6º
a) Todo animal
que el hombre ha escogido como compañero, tiene derecho a que la duración
de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo 7º
Todo animal de
trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad
del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
Artículo 8º
a) La experimentación
animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible
con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos,
científicos, comerciales, como toda otra forma de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo 9º
Cuando un animal
es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado,
así como sacrificado, sin que de ello resulte para él motivo de ansiedad
o dolor.
Artículo 10º
a) Ningún animal
debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de
animales son incompatibles con la dignidad del animal.
Artículo 11º
Todo acto que
implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir,
un crimen contra la vida.
Artículo 12º
a) Todo acto que
implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio,
es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen
al genocidio.
Artículo 13º
a) Un animal
muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia en las cuales los animales son víctimas,
deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas
tienen como fin el dar muestra de los atentados contra los derechos
del animal.
Artículo 14º
a) Los organismos
de protección y salvaguarda de los animales, deben ser representados
a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la Ley, como lo
son los derechos del hombre.